HAZTE SOCIO

Formulario

Ventajas fiscales:

Para las personas físicas, los primeros 250€ (suma de aportaciones anuales a entidades benéficas) tienen una deducción del 80% y de un 40% para el resto de donativos. Además, si colaboras con la misma entidad durante cuatro años consecutivos, manteniendo o aumentando el importe, la deducción aumenta a un 45% para los donativos que excedan los primeros 250€.

Para las personas jurídicas, la deducción fiscal es del 40%, aumentando a 50% si han donado a la misma entidad un importe igual o superior en los tres ejercicios anteriores.

*El límite de la deducción sobre la base liquidable se mantiene en el 10%.